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LA CREACIÓN DE LA RED INTERNACIONAL

En 2018 CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN DERECHO EDUCATIVO EN BRASIL



miércoles, 21 de octubre de 2009

COMO MOTOR TRANSFORMADOR DE LA COMUNIDAD

El derecho es un componente esencial de las relaciones y de las estructuras sociales y factor principal en la resolución de los conflictos comunitarios. Es por esto que el derecho debe acompañar las transformaciones producidas en la sociedad y en la cultura contemporánea con una nueva cultura jurídica, que ayude a legitimar las normas vigentes.

Hoy es necesario que sea la comunidad educativa la encargada de decidir sobre la creación de sus propias normas jurídicas, por lo que la escuela debe ser un espacio social donde se recree y se legitime el derecho.

La democracia y el derecho persiguen un mismo objetivo: la construcción social e individual de un proyecto humano cuyo instrumento es la educación. Es por ello que el derecho educativo en la escuela nueva debe servir como instrumento de transformación social para alcanzar un mundo mejor.

El objetivo del Derecho Educativo en la comunidad escolar, es crear pautas normativas que faciliten el aprendizaje de una ciudadanía responsable y democrática, la cultura para la paz y los derechos humanos; al mismo tiempo que lograr una convivencia comunitaria, la prevención de la violencia y la resolución pacifica de los conflictos.

Debemos encomendar al Derecho Educativo la formación del individuo en el espacio de la unidad escolar, educándolo como sujeto moral responsable y autónomo, y como ciudadano solidario capaz de participar en diferentes ámbitos, con un modo ético de comportamiento, basado en un conjunto de valores previamente concertados, dejando a la instrucción o enseñanza un papel subordinado a la formación como persona.

Para ello, las normas de convivencia deben dirigirse a aprender a vivir juntos, priorizando las relaciones y la cooperación de los integrantes de la comunidad educativa, para lograr que en el futuro la sociedad descanse sobre una paz positiva, hoy tenemos que realizar esfuerzos comunes y compartidos de aprendizaje.

Las normas de convivencia, como marco de la organización de cada comunidad educativa, necesitan de un proceso de cristalización, con el objeto de posibilitar el ejercicio de derechos y deberes de cada uno de sus integrantes; y, para favorecer la comunicación, la participación y la convivencia escolar.

Es necesario previamente concientizar a los integrantes de la comunidad educativa de la impresindibilidad de la participación activa de los sujetos que la integran, y exige una gestión global y continua dirigida a introducir los valores normativos en todos los medios educativos, desde una visión concertada e interactiva y como una formación permanente de todos los miembros que la integran.

El Derecho Educativo debe contribuir a lograr un sistema educativo organizado a base de la descentralización, la participación, la democratización de la vida escolar y permitir relaciones estrechas entre la escuela y la comunidad local, integrando la educación formal, no formal e informal.

Las normas jurídicas a implementar en el contexto escolar deben contener en su espíritu –además de la resolución de los conflictos comunes- principios y valores que garanticen los derechos humanos, la democracia, la tolerancia, la cultura de paz, la protección y conservación del entorno natural y del patrimonio universal, la diversidad, los medios de comunicación y las nuevas tecnologías de la información, la resolución no violenta de los conflictos, la solidaridad hacia las victimas de la violencia o de las catástrofes sociales y ecológicas.

En definitiva es el Derecho Educativo el encargado de lograr que aumenten los factores de prevención y protección contra todo tipo de violencia, que se favorezca la convivencia a través de la regulación pacifica de los conflictos e inculcar conocimientos que coadyuven las actitudes, valores y comportamientos imprescindibles para la construcción de una ciudadanía responsable y la Cultura de Paz en la sociedad.

viernes, 16 de octubre de 2009

LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL PDECE

Se propone cambiar las normas escolares rígidas y autoritarias, por normas de convivencia basadas en el sentimiento del amor por el otro, en lograr el bien común y la formación en valores de toda la comunidad educativa.

Las normas deben contener en su esencia las tramas de sentimientos, y emociones que se generan y cultivan en la comunidad escolar, deben servir para regular la base de la afectividad humana, no se pueden concebir las normas como un herramienta para lograr el clima ideal del aprendizaje, esto lleva a sobredimensionar el régimen disciplinario, sino por el contrario las normas deben servir como una manera de aprender a convivir con el otro por medio del afecto mutuo।

Las normas deben representar el canal conductor de los sentimientos hacia uno mismo, hacia los otros, hacia la escuela y hacia la sociedad, deben ser el muestrario de los buenos sentimientos generados y desarrollados entre todos los integrantes de la comunidad educativa.
Las normas de convivencia escolar deben tener la capacidad de motivarnos y de regular adecuadamente las relaciones que tenemos con los otros integrantes de la comunidad educativa।

La nueva escuela debe asumir el compromiso no solamente de enseñar conocimiento, sino también enseñar a ser y a relacionarse por medio del las normas de convivencia escolar। Para ello debe enseñar a toda la comunidad educativa a convivir en sociedad, aprender a respetarse a sí mismo y a respetar a los demás, ejercitando la solidaridad y compasión con los más desfavorecidos.

Las normas de convivencia deben evitar –en lo posible- toda disposición de vigilancia, amenaza y/o castigo, y apelar a la concientización de cada individuo sobre el respeto mutuo para la efectividad de su cumplimiento.

Cada escuela es única, diferente, por lo que debe concebir sus propias normas, que contengan sus particularidades y su cultura regional, que sea fruto de su historia y que contenga las peculiaridades de su gente y de su entorno।