EL DERECHO COMO EJE CENTRAL DE LA VIOLENCIA SOCIAL
En
general “derecho” hace referencia a un ordenamiento o sistema de normas que
rige en determinado tiempo en una sociedad. Es una palabra con sentido emotivo
que representa actitudes de adhesión de la gente.
Los
fenómenos jurídicos cubren un conjunto tan vasto de relaciones sociales que
inevitablemente despiertan en la gente reacciones emotivas.
Un juez
Holmes en su libro “La senda del derecho” expresaba que: “si queréis conocer el
derecho y nada más, mirad el problema
con los ojos del mal hombre, a quien solo le importan las consecuencias
materiales que gracias a ese conocimiento puede predecir; no con los del buen
hombre que encuentra razones para su conducta dentro o fuera del derecho en los
mandamientos de su conciencia”.
La
normas jurídicas en su generalidad prescriben la privación a un sujeto de sus
bienes por medio de la fuerza, constituyendo una técnica indirecta de motivar
la conducta de los sujetos por medio del miedo a la pena que trae la sanción
integrada a la norma para prohibir o permitir acciones o actividades.
Es
decir que la sanción es una medida coactiva aplicada al sujeto para poner a su
destinatario en una situación desagradable, de infligirles sufrimiento. Si ese
miedo al sufrimiento desapareciera, la sanción no solo perdería su razón de
ser, sino que dejaría de ser llamada tal.
Por lo
tanto, siendo la pena y la coacción en general, un elemento esencial del
derecho actual, la justificación moral de la pena es una condición necesaria de
la justificación moral del derecho en nuestros días.
La
técnica negativa que se utiliza para las normas jurídicas actuales se
fundamenta en una concepción moral utilitarista, la cuestión es muy clara, la
pena no se justifica moralmente por el hecho de que quien la recibe haya hecho
algo malo en el pasado (eso ya no se puede evitar), sino para promover la
felicidad general, haciendo que el miedo a sufrir estas consecuencias desanimen
a otros y al propio infractor a volver a violar la norma, lo que constituye un
beneficio social que puede compensar el sufrimiento implícito en la pena.
Esto
significa que hasta el día de hoy, la normas que componen el derecho vigente
sol o tiene en cuenta el punto de vista del hombre malo; un individuo que
únicamente se preocupe por evitar consecuencias desagradables, interesado solo
en descubrir que actos puede realizar impunemente y como violar la norma
establecida.
El
derecho hoy no está dirigido al presupuesto positivo de un hombre bueno, que
quiere cumplir con su deber a conciencia, independientemente de cuáles sean la
consecuencia del incumplimiento, que la finalidad del derecho sea aumentar la
felicidad individual y colectiva de la sociedad.
La pena
que contiene la sanción es un mal, justificada sobre la base del principio de
utilidad, que promete evitar un mal mayor, aplicada por medio de la fuerza, es
decir de la violencia, que genera en el sujeto y la sociedad actual el eje
central de la violencia social.
El cambio del paradigma de la sanción
La disciplina
se convierte en un asunto, no de castigo por los errores cometidos, sino en un
asunto de mantenimiento del eje institucional por medio del empleo del derecho
concebido en normas de convivencias elaboradas y aceptadas por la comunidad
educativa toda y controlada con la participación de todos los sectores
involucrados en la vida cotidiana de la escuela.
A lo
largo de la historia de la pedagogía una parte importante de sus energías
estuvieron dedicadas al gobierno del cuerpo de los alumnos, tanto en base a la
coacción y el castigo físico como a la gestión cotidiana de lo que se considera
como normalidad.
La
escuela antigua entendía que verdaderamente no puede, en modo alguno, formarse
el hombre sin someterle a disciplina; se establece una correspondencia importante
entre disciplina y educación; así todo el que ingrese en las escuelas para ser
instruido debe quedar sometido a la disciplina común.
La Salle nos dice que “la
corrección de los alumnos es de las cosas más importantes que se practican en
la escuela”. En su esquema, las relaciones en la escuela están signadas por un
rígido sistema de reglas y pautas. La segunda parte de la Guía de las escuelas
cristianas es un compilado de instrucciones sumamente precisas sobre cómo debe
mantenerse la disciplina escolar. En este esquema cobran prioridad el silencio,
“es uno de los principales medios para establecer y conservar el orden en las
escuelas”, y la vigilancia del maestro, la cual es señalada como primera entre
las cosas que pueden “ayudar a establecer y mantener el orden en las escuelas”.
Sin
embargo, el espíritu de estas reglas era preventivo; a través del silencio que
permite el permanente control de los alumnos, se conseguirá que los castigos
deban aplicarse lo menos posible:
Para
evitar la frecuencia de castigos, lo que constituye grave desorden en la
escuela, es preciso señalar claramente que lo que promueve el buen orden en la
escuela es el silencio, la vigilancia y la buena compostura del maestro, y no
la dureza y los golpes. Hay que ejercitarse mucho en actuar con habilidad e
ingenio para mantener a los alumnos en orden, sin tener que emplear apenas los
castigos.
Por lo
tanto se podría decir que la disciplina era necesaria no sólo como una
concepción didáctica, en el sentido del orden ineludible en la escuela -o más
precisamente en el salón de clase- para la correcta transmisión de
conocimientos, sino también como una forma de inculcar conductas morales y
sociales. Sin embargo, en la definición de disciplina de estos tiempos
predomina el concepto de orden más que una forma de dirimir aquellos conflictos
que se generan en el ámbito escolar.
Para
comprender los cambios que se sucedieron en la concepción de disciplina
escolar, en primer lugar hay que hacer notar que en muchos ámbitos la expresión
convivencia escolar se está utilizando en reemplazo del término disciplina.
Detrás
de esta idea está la búsqueda de la democratización de la institución escolar:
La creación de Consejos de Convivencia, no sólo se propone trabajar frente al conflicto instalado que demanda una respuesta, sino delinear nuevos modos de convivencia más democráticos que involucren a toda la institución.
La creación de Consejos de Convivencia, no sólo se propone trabajar frente al conflicto instalado que demanda una respuesta, sino delinear nuevos modos de convivencia más democráticos que involucren a toda la institución.
El
manejo de la incertidumbre en la disciplina conforma el espacio incierto del
poder del alumno. La pedagogía es el lugar del profesor, donde la dialéctica
profesor-alumno está, habitualmente, paralizada; el profesor enseña y el alumno
aprende. Dentro de la actual estructura de poder, en la que el alumno es el
último eslabón, no puede discutir desde la pedagogía, la cual se le presenta
fraccionada; su campo de batalla, donde tiene poder crítico y tiene posibilidad
de cuestionar, es la disciplina.
La
pedagogía de la escuela antigua consideraba al alumno como un ser dependiente
del adulto e incapaz de tomar decisiones autónomas, derivándose así la
concepción de que la disciplina y la buena conducta de un alumno consistían en
“la capacidad de permanecer en silencio, quieto y limitándose a acatar
consignas”. El control disciplinario suele colocar al alumno en un lugar
pasivo, sin que cuenten demasiado el nivel de adhesión a las normas que haya
alcanzado. En cambio, la idea de formar a los alumnos para convivir en un marco
de respeto por los derechos propios y de los demás, alude a un sujeto activo, capaz
de integrar a su vida las normas como un recurso que permite garantizar una
pauta de equidad entre las personas.
En su
convivencia cotidiana la escuela nueva forma en una cultura democrática si
consigue vivenciar la igual dignidad de todas las personas, el valor de la
justicia, la promoción de la autonomía crítica, la deliberación y el escrutinio
público de sus decisiones, la cooperación en la diversidad; sostiene una
postura diferente acerca del porqué “la disciplina se ha transformado en
convivencia”. Su tesis se basa en la concepción de que la disciplina es el
espacio de poder del alumno en la escuela:
Debido
a esto es que, quienes marcan las diferencias entre disciplina y convivencia,
señalan básicamente, el rol que se otorga al alumno:
Se prioriza las actitudes de
respeto y tolerancia en un clima de armonía y reflexión entre las partes. Las
normas de convivencia tienen como principio rector la “autodisciplina guiada”
siendo ésta el máximo valor de la disciplina y consiste en el cumplimiento de
las pautas de conducta que regulan la relación de la comunidad escolar aún sin
la presencia directa de los miembros del cuerpo docente.
Además,
la democratización de las normas escolares se materializan, en muchos casos, a
través de la presencia del alumno en los Consejos de Convivencia Escolar, donde
se busca una participación activa de los mismos en la definición de los acuerdos
de convivencia de su escuela así como su opinión acerca de qué sanción se habrá
de aplicar ante determinada falta. Se busca de esta forma que los jóvenes “se
autoricen a sí mismos”.
EL PLAN DEL DERECHO EDUCATIVO PARA ELIMINAR LA VIOLENCIA EN LA ESCUELA
La
escuela actual debe servir como laboratorio social para el cambio de los
paradigmas del derecho en la sociedad.
La
tarea de eliminar la violencia en nuestra comunidad, comienza por hacerse en la
institución escuela, reemplazando la Sanción, como método disciplinario, por la
concientización del cumplimiento de las normas de convivencia escolar.
Como
objetivo principal necesitamos extirpar del ámbito educacional, los efectos
coactivos, sancionatorios y gratificatorios que existen en la actualidad.
En el
futuro debemos trabajar para que el cumplimiento de las normas reguladoras de
la conducta escolar se realice por la concientización del valor del
cumplimiento en aras del beneficio propio, del bien común y de la cultura de
paz.
Para
lograr este fin, debemos cambiar la creencia de que debo acatar la norma para
evitar la consecuencia de la pena (sanción). Ya que esta creencia me lleva a
cumplir con lo descripto en la norma, por miedo a sufrir una flagelación a mi
persona o conculcación del patrimonio.
Es
decir que hoy las normas constituyen técnicas de motivación social, o sea
instrumentos para inducir a los hombres a comportarse de una determinada
manera. La técnica de motivación
indirecta se caracteriza, porque se pretende motivar a la gente, no indicándole
la conducta deseable, sino estableciendo una sanción para la conducta
indeseable o un premio para la deseable.
Si bien
las normas podrían ser prémiales, la técnica que el derecho ha elegido en la
mayoría de los casos es la de la sanción, siendo los casos en que se establecen
premios para motivar la conducta de la gente tan raros que pueden despreciarse
a los efectos de una explicación teórica del derecho.
El
contenido de las normas vigentes se cumple porque representan un acto
coercitivo que priva de un bien al infractor.
El Plan
de Derecho Educativo para la Convivencia Escolar (PDECE) prevé un cambio de
paradigma normativo para el derecho particular de la escuela y para el derecho
general de la sociedad en que está inserto. Para ello el miembro de la
comunidad educativa que observa una conducta prescripta por la norma escolar,
es porque hace de ella una cuestión trascendental, entendiendo a conciencia que
el cumplimiento de lo descripto en la norma de convivencia es lo mejor para
toda la sociedad escolar.
Hoy las
normas son conductas prescriptas por terceros (Órganos con poder legislativo) y
tienen algo y mucho de misteriosas e inasibles y queda su aplicación en manos
de criterios que aplican terceros (Órganos con funciones judiciales) que solo
se limitan a poner la sanción que a su único criterio corresponde.
En el
cambio que propone el PDECE la norma es algo que se va a concretar por medio de
los acuerdos formulados por toda la comunidad educativa en forma expresa, que
la crea y emite y que en ese mismo acto surge la conciencia del acatamiento en
forma explícita. Siendo la misma comunidad educativa la que juzgara las
infracciones y su corrección.
En
definitiva los acuerdos tienen por objetivo la construcción de consensos por
parte de la comunidad educativa. El fin principal de crear acuerdos, es el de
reemplazar toda norma impuesta en forma autoritaria desde el exterior de la
unidad escolar, con obligación de acatarla sin haber participado en forma
directa en su elaboración, por normas que son fruto de la participación el
consenso y la aceptación de todos los miembros de la comunidad escolar.
ELIMINAR LA VIOLENCIA EN LAS ESCUELAS REMPLAZANDO LAS SANCIÓN POR LA
CONCIENTIZACIÓN
Para lograr eliminar la
violencia, que esta ínsita en el sistema normativo actual, que es un correlato
del derecho que se enseña y practica en nuestros días, el Plan de Derecho
Educativo para la Convivencia (PDECE) aconseja lo siguiente para el sistema
escolar y las normativas de convivencia:
a)
Eliminar el conflicto;
b)
Eliminar la confrontación;
c)
Eliminar el juzgamiento:
d)
Eliminar la sanción (pena) del régimen
disciplinario;
e)
Eliminar el individualismo producto del ego;
f)
Eliminar el poder (sometimiento del fuerte sobre
el débil).
g)
Eliminar el autoritarismo;
h)
Eliminar la gratificación, traducida en premio
(medalla o mejor nota etc. al mejor );
i)
Eliminar para el acatamiento normativo la
conciencia del castigo. remplazándola por la empatía, la ayuda mutua y el bien
común;
j)
Eliminar la manipulación de las personas que
tienen que cumplir las normas, ya sea amenazándolas o premiándolas.
k)
Eliminar todo tipo de discriminación o
diferencia social, priorizando la inclusión e integración;
l)
Eliminar los controles para favorecer el
cumplimiento de lo prescripto, remplazándolo por la conciencia de la comunidad
educativa que el acatamiento de la norma es lo mejor para el individuo y para
los demás componentes.
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